GRUPO DE TRABAJO PARA PROPUESTA LEGISLATIVA
Desde abril 2019 formamos parte de un Grupo de Trabajo, formado por ASPEC (Asociación de Carpas y de Instalaciones Temporales), ARTE (Asociación de Representantes Técnicos del Espectáculo), APM (Asociación de Promotores Musicales), FMA (Asociación de Festivales de Música), Madrid Destino, Turismo, Cultura y Negocio (Dirección de Seguridad y Emergencias) y nosotros, en el que estamos preparando todo lo necesario para poder justificar ante las administraciones públicas la necesidad de reglamentación homogeneizada y específica para el sector, para todo el territorio nacional, en diferentes materias (coordinación de prevención de riesgos laborales, certificados, auto protección, dispositivos sanitarios, autorizaciones y licencias, etc…).
Estamos en pleno proceso de elaboración de un Documento de Posicionamiento para realizar una propuesta legislativa ante las Administraciones Públicas para el sector de los eventos y espectáculos públicos, orientada en esta primera fase a una reglamentación específica en materia de coordinación de prevención de riesgos laborales, para todo el territorio nacional, dada la disparidad de criterios entre las diferentes provincias, incluso municipios, e incluso dependiendo del técnico de prevención que esté llevando a cabo la coordinación, lo que complica la gestión que tanto promotores como proveedores, trabajadores autónomos y trabajadores por cuenta ajena deben realizar para poder llevar a cabo los trabajos.
Colabora con el estudio de investigación sobre los eventos realizados durante el año 2018 para conseguir una normativa homogeneizada y específica para el sector
Aunque desde Prevent Event llevamos más de 10 años tratando de justificar ante las Administraciones Públicas que los trabajos realizados en el montaje y desmontaje de un evento o espectáculo no se pueden asimilar a los trabajos realizados en una obra de construcción con las obligaciones que ello conlleva aplicando el Real Decreto 1627/1997, de Obras de Construcción, y la Ley 32/2006, reguladora de la subcontratación en el sector de la construcción, no ha sido hasta la temporada del 2019 cuando las Asociaciones de promotores y proveedores han sido conscientes de la problemática que la aplicación de esta normativa supondría para el desarrollo normal de los trabajos, sobre todo en aquellos meses donde la productividad se dispara y la gestión de la documentación de prevención complica aún más el trabajo.
Esta preocupación nace de la comunicación que desde el Instituto Regional de Seguridad y Salud en el Trabajo de Madrid (IRSST) se realizó en marzo 2019 a promotores y empresas de coordinación en relación a la aplicación de dicha normativa, de momento únicamente para la fase de montaje y desmontaje del escenario, estructuras análogas (FOH, torres de cañones, torres para cámaras, rampas de acceso, etc…), gradas y carpas, entendiendo que durante el desarrollo de estos trabajos “se montan y desmontan elementos prefabricados” (anexo I del RD 1627/1997).
Así, y una vez se tenga el documento definitivo donde se argumenta la dificultad de la aplicación de dicha normativa y la falta de ajuste a las peculiaridades del sector, se realizará una propuesta legislativa ante las Administraciones Públicas para llegar a establecer criterios para la gestión de la coordinación de prevención de riesgos laborales para el sector en todo el territorio nacional, siendo el objetivo abarcar otras materias próximamente y poder llegar a la negociación del convenio colectivo específico para el sector.
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